img_saludo

BLOG.

TIPOS DE CONTRATOS ¿HASTA 10 PRÓRROGAS? REFORMA LABORAL 2023.

Tipos de contrato en el proyecto de Reforma Laboral: • Contrato laboral indefinido • Contrato para atender tareas de naturaleza temporal • Contrato a término fijo En el análisis de la reforma laboral se menciona que la Constitución Política de Colombia de 1991 establece principios mínimos fundamentales para el estatuto del trabajo, incluyendo la estabilidad del empleo. El proyecto de reforma plantea que los trabajadores serán vinculados mediante un contrato de trabajo a término indefinido, con excepciones para tareas de naturaleza temporal o para una obra labor determinada. También se menciona el contrato a término fijo, que permite tres prórrogas cuando se celebra por un término inferior al año. La intención de la reforma es plasmar en una ley lo que establece la Constitución. Las partes podrán prorrogar el número de veces que estimen convenientes. Si con 30 días de antelación al vencimiento del plazo pactado o su prórroga, ninguna de las partes manifiesta su intención de determinar el contrato, este se entenderá renovado por un término igual inicialmente. En ningún caso, el tiempo inicial pactado y sus prórrogas podrán ser superiores a dos años. Una vez pasados o llegados a estos dos años, se entenderá que es indefinido. Entonces, ahí es donde empezamos a tener la relación de contrato a término indefinido que sale por ley. Dentro del contrato a término fijo, el último párrafo dice: "Cuando el contrato de trabajo a término fijo no se celebre por escrito, actualmente se entendía por jurisprudencia que, si no estaba escrito, se asumía y luego se demostraba que, en realidad, era un contrato a término indefinido porque era verbal y se sobreentendía. El proceso jurisprudencial así lo ha dado. Pero aquí ya queda plasmado, si es aprobado en la norma, que cuando no se especifique la necesidad temporal, entonces, cuando el contrato de trabajo a término fijo termine, y no se celebre por escrito, se entenderá que es un contrato a término indefinido. Esto también se determina como indefinido cuando en realidad tenga por objeto satisfacer necesidades permanentes del empleado, lo que llamamos actividades misionales de algunas empresas, cuando el plazo inicial pactado y sus prórrogas superen los dos años, que fue lo que acabamos de mencionar. Se entenderá que el contrato celebrado inicialmente por un plazo fijo se convierte en un contrato a término indefinido después de dos años de renovaciones periódicas. Es decir, si se renueva el contrato varias veces dentro de los dos años, después de ese periodo el contrato se convierte en indefinido por ley. Aquí es donde comienzan a surgir pros y contras. Para los trabajadores, esto significa tener una mayor estabilidad en su trabajo después de un periodo determinado, aunque para los empleadores puede significar una pérdida de flexibilidad en la contratación. Los empleadores que necesitan trabajadores para proyectos específicos y temporales, como obras o proyectos, pueden perder la flexibilidad que les brinda el contrato a término fijo. Si el proyecto se extiende, pueden necesitar renovar el contrato varias veces, lo que puede limitar su capacidad para ajustarse a los cambios del mercado. Por otro lado, una desventaja para los empleadores es que una vez que se convierte en un contrato a término indefinido, los trabajadores pueden sentir una mayor fidelidad y compromiso con la empresa, lo que puede ser beneficioso para la empresa en términos de retención de talento. Sin embargo, en algunos casos, los empleadores pueden estar sujetos a abusos por parte de algunos trabajadores que aprovechan la estabilidad del contrato indefinido. Esto se abordará en un próximo artículo. Continuamos aquí con el contrato a término de obra o labor. Entonces, en relación a este proyecto, se establece que cuando el contrato de trabajo por la duración de la obra o labor determinada no se celebre por escrito, cuando el contrato no especifique la obra o labor contratada, cuando en realidad tenga como objeto satisfacer una necesidad permanente del empleador, o cuando al finalizar la obra labor contratada, el trabajador continúe prestando servicios, el contrato se entenderá celebrado a término indefinido. Ahora bien, muchas empresas suelen tener dificultades administrativas para formalizar un contrato de obra labor específico para cada trabajo. Esto puede llevar a que se olviden de hacerlo y, por ende, el contrato no quede por escrito. Según el proyecto mencionado, en estos casos, el contrato se convertiría automáticamente en un contrato a término indefinido. Es importante que los empleadores presten atención a estos detalles administrativos para evitar problemas y que los trabajadores estén conscientes del tipo de contrato que están firmando. Posteriormente, se reglamentará la parte de complementar la parte de riesgos laborales en lugar de decir que está para un contrato específico. En resumen, la ley presume legalmente que un contrato sin especificaciones escritas es un contrato a término indefinido. Es positivo para el trabajador y el empleador, pero puede haber situaciones negativas en caso de abuso del contrato a término fijo o si una obra se alarga mucho tiempo. Estas son las variables que se deben analizar dentro de este proceso. En el próximo artículo continuaremos con la estabilidad laboral reforzada.

Lo más visto

Pensiones, ¿es cierto o no, lo que dijo Gustavo Petro sobre las pensiones en Colombia?
"PENSIONES, ¿Se puede corregir el déficit de los 18 billones?" - Petro

Publicaciones
más recientes

Suscríbete a nuestros
canales de YouTube

Yezid Ricaurte

SOFU

Publicaciones
más recientes

PUEDO VOLVER A COLPENSIONES, DESPUÉS DE LOS 53 AÑOS DE EDAD

07/07/2022

¿CÓMO DEMUESTRO QUE EL COVID-19 ES DE ORIGEN LABORAL?

07/07/2022

TRABAJO EN CASA, ¿QUÉ PASA SI NO REPORTO A LA ARL EL TRABAJADOR QUE ENVIÉ A CASA?

07/07/2022

Publicaciones
recomendadas

¿Ya entro en vigor la resolución 754 de 2021? Licencia de Seguridad y Salud en el trabajo

07/07/2022